Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.

Curso didactico de derecho procesal penal II

Conscientes de que el fin del Derecho Procesal Penal está orientado a comprobar la existencia o inexistencia de un delito, siempre que la acción penal no haya prescrito. Así como, a esclarecer o determinar la responsabilidad penal del procesado, condenándolo o absolviéndolo de la acusación, archivando el proceso cuando no se pruebe su responsabilidad durante la investigación; el fin del Derecho Procesal Penal es establecer un equilibrio entre la facultad persecutora del Estado y los derechos fundamentales del imputado. En el desarrollo del proceso penal se transita por una serie de episodios donde suceden contiendas o conflictos de intereses si así puede llamarse al hecho de que mientras uno, el acusador se emplea a fondo por recopilar y presentar todos los elementos que sustenten las tres fases de su teoría en pos de desvelar el manto de inocencia que protege al acusado, se hace obligatorio observar un protocolo contentivo de las formalidades amparadas en la norma procesal penal, en la observancia del debido proceso y garantías constitucionales. En el juicio se precisa la implementación de estrategias para lograr que alguno de esos intereses triunfe. Esta idea que parece meramente utilitaria es más respetuosa de la persona humana que aquella que pretende que todos los intereses en conflicto se subordinen a la “verdad” o “justicia” que normalmente esconden la ideología de los jueces o la vana pretensión de su superioridad moral. Aprender a litigar es aprender a controlar la prueba. En esa actividad se resume buena parte de las garantías judiciales que hoy conforman uno de los núcleos más importantes de los Pactos Internacionales de Derechos Humanos.